Las causales son:
- Percibir efectivamente una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Obtener una fuente directa de ingresos o realizar una actividad remunerada. En este caso, será responsabilidad exclusiva del cesante informar a Colsubsidio acerca de esta novedad, so pena de la pérdida del beneficio y la obligación de devolver lo pagado de manera indebida, sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil que con ocasión de dicha omisión esté prevista en el ordenamiento.
- Renunciar voluntariamente a las prestaciones económicas.
- Rechazar, sin causa justificada, la ocupación que te ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando, te permita ganar una remuneración igual o superior al 80 % de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior. Entiéndase por deterioro en las condiciones del empleo solamente las circunstancias de demérito en relación con el domicilio del trabajo y la relación de la nueva labor con el perfil ocupacional del postulante, lo cual debe ser justificado por este y validado por Colsubsidio.
- Postularse a más de una caja de compensación para acceder a los beneficios. En el formulario de postulación deberá establecerse una casilla en la que, bajo la gravedad de juramento, el aspirante manifieste que solo se ha postulado a una caja de compensación.
- Engaño o simulación para acceder a las prestaciones.